viernes, 8 de marzo de 2013

Asamblea Sobre Ley de consulta Previa, con las Comunidades Achuar del Lote 192

En la Comunidad de José Olaya entre el 02 y 03 de marzo, se reunieron los APUS y delegados de las 05 comunidades, Nueva Jerusalén, José Olaya, Antioquia, Pampa Hermosa, Sauki, bases de Feconaco, teniendo como única agenda “Ley de consulta Previa en el Lote 192”.  
El presidente de Feconaco Andrés Sandi Mucushua, informo sobre la reunión preparatoria para la implementación de la Ley de Consulta Previa en el Lote 192, el último 21 de febrero en la ciudad de Iquitos con Perúpetro y el Vice Ministerio de Interculturalidad. Dejando claro que las comunidades tienen toda la voluntad de avanzar en el proceso de la implementación de la Ley de Consulta Previa, siempre y cuando el estado asuma sus responsabilidades de garantizar las condiciones mínimas antes de sentarnos a conversar sobre las nuevas concesiones, Por ello Feconaco dio a conocer al estado en un documento su propuesta para seguir avanzando en el dialogo.
Se observa que el estado representado por PERUPETRO, y asesorado por el Vice – Ministerio de  Interculturalidad pretenden dar a este proceso de consulta para el lote 192, un carácter, de proceso regular o normal, pretendiendo evadir o desconocer todo el daño ambiental, social y la salud que viene afectando a nuestras comunidades Achuar. El Dr. Julio Davila Puño asesor legal de la Federación, acoto, El convenio 169 de la OIT, en su artículo 4 dispone en primer lugar que “Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente, de los pueblos interesados” y en segundo lugar que “Tales medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados”.

En tal sentido La Feconaco y sus comunidades establecen como condición previa las siguientes condiciones que deberán ser traducidas por el estado en el amparo de lo antes mencionado:
Remediación, Compensación e indemnización por daños ambiental.
  • Inscripción, titulación y ampliación de comunidades nativas.
  • Diagnóstico ambiental y Social de los Impactos
  • Participación Directa de las comunidades en el Beneficio de la extracción petrolera.
  • Así mismo no permitirán el ingreso de representantes del estado y/o terceros que vengan a dialogar directamente sobre temas relacionados a la consulta para el lote 192
  • Cualquier dialogo previo que el estado desee entablar con las comunidades deberá ser realizado con la presencia de nuestra organización representativa: Feconaco.
La consulta no puede interpretarse fuera del marco del convenio 169 de la OIT, como se pretende en el actual proceso previo de implementación de la consulta  para el lote 192.

Por lo tanto la Feconaco no observe por parte del estado la pronta implementación de las medidas especiales se abstendrán de participar en el proceso propiamente dicho de la consulta. Feconaco no tiene ninguna intención de impedir que este proceso avance pero si quiere ser claro en su posición, por lo que no tendrá ningún problema de intervenir en otras reuniones preparatorias, pero entrara en la consulta hasta que se demuestre la adopción e implementación de las medidas especiales.

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